El legislador de Morena promueve iniciativa para reformar la Ley de Hacienda del Estado de Tamaulipas para homologar cobros por servicios y trámites en sus dependencias.
El Diputado Local por el IV Distrito, Marco Antonio Gallegos Galván, presentó una iniciativa en el Congreso para reformar la Ley de Hacienda del Estado de Tamaulipas, a fin de homologar las tarifas de pago por concepto de derechos de inscripción y cancelación de diversos actos jurídicos ante el Instituto Registral y Catastral.
El legislador de Morena planteó ante el pleno legislativo dicho proyecto busca armonizar la citada ley con lo establecido en el Artículo 31 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
Gallegos Galván recordó que mediante resolución de fecha 16 de noviembre del 2016, el Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado, con residencia en esta ciudad, resolvió Juicio de Amparo número 262/2016-II, promovido por dos particulares, declarando inconstitucionales las disposiciones que hacen referencia 8 al millar de la fracción I; y 4 al millar de la fracción VI, del artículo 64 de la Ley de Hacienda del Estado, en virtud de ser violatorias de los principios de proporcionalidad y equidad.
“El propósito es que por un registro o una cancelación se establezca una tarifa única, para no afectar la economía de los contribuyentes, siendo un mismo trámite, proponemos que sea un pago igual para todos”, explicó el Diputado Local de Reynosa.
Puntualizó que el juzgado de Distrito resolvió que los derechos por servicios son aquellas contribuciones establecidas en la ley por los servicios que presta el Estado, al llevar a cabo sus funciones de derecho público.
El Juez de Distrito, determinó que en relación con la equidad tributaria, los contribuyentes de un impuesto deben guardar una situación de igualdad frente a la norma jurídica que lo establece y regula, por lo que han de recibir el mismo trato en lo referente a dicha contribución, manifestó.
“Aunado al principio de proporcionalidad tributaria en virtud del cual los impuestos deben ajustarse a la capacidad económica de quienes están obligados a pagarlos, la justicia tributaria consagrada en la Constitución fija su razón de ser en las posibilidades económicas de cada contribuyente, debiéndose tratar por consiguiente, igual a iguales condiciones de capacidad económica y, contrariamente, desigual a condiciones de capacidad económica diferente, situaciones que evitan posibles actos de discriminación en perjuicio de las y los contribuyentes”, precisó.
Marco Antonio Gallegos Galván manifestó que en materia fiscal se entiende por derechos a aquellas contraprestaciones que se pagan a la Hacienda Pública del Estado, como precios de servicios de carácter administrativo prestados por los poderes del mismo y sus dependencias, a personas determinadas que los soliciten.
“El principio de proporcionalidad en materia de derechos implica que la determinación de las cuotas correspondientes por ese concepto ha de tener en cuenta el costo que para el Estado tenga la ejecución del servicio y que las cuotas sean fijas o iguales para todos los que reciban servicios análogos”, sostuvo el legislador morenista.
De esta manera, el principio de proporcionalidad que rige a los derechos fiscales se funda, generalmente, en que el monto de las cuotas o tarifas de estos, guarden una correspondencia razonable con el costo del servicio que presta el Estado, recalcó Gallegos Galván.
La iniciativa presentada fue turnada a la Comisión de Finanzas del Congreso del Estado para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.