Comité de Seguridad en Salud acuerda nuevas medidas sanitarias

Ciudad Victoria,Tamaulipas.- Ante el reporte de la Secretaría de Salud
acerca del índice de contagios y comportamiento del SARS COV2,
causante del COVID19, el Comi de Seguridad en Salud en sesión
celebrada el sábado 30 de enero, determi el avance de los 43
municipios del Estado a Fase II, emitiendo una serie de acuerdos
publicados en la edición de hoy del Periódico Oficial del Estado.
Por lo tanto, el Gobierno de Tamaulipas solicita a los giros
comerciales considerados no esenciales, así como a la población en
general, el apego y respeto a los lineamientos sanitarios considerados
para esta fase, en donde destacan los siguientes.
En el rubro de restaurantes y servicios de preparación de alimentos
con bebidas, podrán operar hasta el 50% de su capacidad, brindando
servicio de lunes a domingo hasta las 23:00 horas y con la posibilidad
de servir bebidas alcolicas acompañadas por alimentos de lunes a
domingo hasta las 22:00 horas. Queda prohibido el servicio de bufete,
así como la música en vivo en estos establecimientos.
En tiendas de autoservicio se exhorta a la utilización del 100% de
cajas, que las filas no excedan tres personas por caja, prohibir el
acceso a toda aquella persona que no porte cubrebocas y
permitiendo el acceso a solo una por familia o grupo; operar hasta un
75% de su capacidad, prestando servicio de lunes a domingo hasta
las 20:00 horas y en lo que refiere a la venta de alcohol, el horario
establecido será de lunes a viernes hasta las 20:00 horas, sábados
hasta las 15:00 horas, mientras que los domingos no se podrán
expender bebidas alcohólicas.
Tiendas de abarrotes y depósitos, podrán expender bebidas
alcolicas de lunes a viernes hasta las 20:00 horas, sábados hasta
las 15:00 horas y domingo está prohibida la venta de éstas; en el
caso de tiendas de abarrotes y de conveniencia, podrán prestar
servicio hasta las 22:00 horas y a partir de las 22:01 y hasta las
05:59, podrán hacerlo a través de ventanilla.
La salas de cine podrán operar hasta un 40% de su capacidad, con
servicio de dulcería hasta las 20:00 horas; Iglesias y templos
religiosos deberán observar capacidad de servicio hasta un 25%,
podrán oficiar hasta tres servicios por día, siendo estos tres días a la
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  • semana: miércoles, sábados y domingos, con uso obligatorio de
    cubrebocas y sin convocar a eventos masivos.
    Salones de eventos, palapas, jardines y albercas, operarán con
    capacidad de servicio de un 35% o como límite 100 personas, lo que
    sea menor de acuerdo a las dimensiones del establecimiento, con
    horario límite de las 23:00 horas. Observar uso de mesas, en caso de
    que su capacidad sea de 12 personas, un máximo de 8 por mesa; si
    es de 10, máximo 5 personas por mesa, estableciendo medidas de
    protección específica a favor de mujeres embarazadas, adultos
    mayores y niños.
    Gimnasios podrán operar hasta un 25% de su capacidad por área
    dentro del mismo y si es al aire libre, hasta un 50%, con un horario de
    05:00 hasta las 22:00 horas, mantener áreas ventiladas, uso
    obligatorio de cubrebocas y garantizar la desinfección de aparatos
    tras su uso.
    En el caso de los tianguis, puestos fijos y semifijos, será
    responsabilidad de los municipios el verificar se de cumplimento a las
    siguientes medidas: capacidad de instalación y de visitantes hasta un
    30%, brindar servicio de lunes a domingo hasta las 16:00 horas, que
    cada puesto esté distanciado por lo menos 5 metros uno del otro y
    que se prohíba la venta a toda aquella persona que no porte
    correctamente cubrebocas.
    Puestos fijos y semifijos con venta de alimentos preparados, podrán
    prestar servicio desde las 06:00 hasta las 23:00 horas, cuidar la sana
    distancia, uso de cubrebocas y capacidad máxima del 50%.
    Cabe señalar que los giros comerciales deberán tener a la vista el
    distintivo de “Establecimiento Seguro”, mismo que será distribuido a
    través de la Comisión Estatal para la Prevención de Riesgos
    Sanitarios.
    Esta medida tiene vigencia del 01 al 15 de febrero de 2021 y para
    revisar a mayor detalle lo estipulado por giro comercial, se podrá
    consultar en la versión digital del Periódico Oficial del Estado, a través
    del siguiente link: https://po.tamaulipas.gob.mx/archivo/?
    mes=1&año=2021