• Se busca garantizar los recursos del gobierno para atender ls salud de los mexicanos: Erasmo González.
Cd de México.- Fue aprobado en lo general por mayoría en la Cámara de Diputados el dictamen con Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 77 Bis 17 y modifica el párrafo segundo del artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, a fin de contribuir a la atención de la crisis sanitaria, generada en el país por el COVID-19. De igual forma se recibieron propuestas de modificación a los artículos 77 Bis 17 y 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, para su discusión en lo particular, así como el Segundo Transitorio y la adición de un artículo transitorio. Desde tribuna el Diputado Federal Erasmo González Robledo, Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, fundamentó el dictamen, destacando que se busca garantizar los recursos para atender las enfermedades que provocan gastos catastróficos, como el cáncer en adultos y niños, la atención de necesidades de infraestructura en salud, el abasto y distribución de medicamentos y otros insumos, así como el acceso a exámenes clínicos. «Y en segundo, solventar la apremiante necesidad gubernamental de disponer de recursos públicos, para destinarlos a la atención de la pandemia de Covid-19». El dictamen propone establecer un límite como referencia, que acumule recursos en un monto superior a dos veces la suma aprobada en el Presupuesto de Egresos como aportaciones al fideicomiso del Fondo y el sobrante podrá aplicarse en reforzar acciones de salud. «Los recursos que lo exceden pueden ser utilizados para otros fines en materia de salud, sea por vía de su erogación por el propio INSABI, o bien, mediante su reintegro a la Tesorería de la Federación». Deja muy claro qué no se suprime el Fondo de Salud para el Bienestar, sino que éste se preserva en los términos actuales; no se reducen los recursos presupuestales que por Ley deben destinársele cada año; y no se eliminan ni se restringen los tres destinos actuales en que deben aplicarse los recursos del Fondo. En el artículo segundo transitorio se especifica que el INSABI, instruirá a la institución fiduciaria del Fondo de Salud para el Bienestar, para qué a más tardar el 1 de abril del 2021, se deposite en la tesorería de la Federación, hasta 33 mil millones de pesos, depositados en este fideicomiso. De esta manera la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 242 votos a favor, 7 en contra y 5 abstenciones, el Dictamen con Proyecto de Decreto de la Ley General de Salud, garantizando el derecho de los mexicanos a la salud, conforme a lo establecido en la Constitución Política.